Imágenes y lectura
Imagen 1 de 2 · f 1r (con sello 1796-97; nº «30»)
Lectura
Sello tercero 1796-97; margen «30». «Dn Juan García, republicano y del comercio de esta Villa, como mejor proceda de derecho, y bajo las protestas necesarias que me convengan en la recta justificación de V. md., parezco y digo: que Dn Juan Galván, también de esta vecindad, era deudor a Dn Pedro Villaverde del Com. de México cantidad de pesos [duda] ya pasados, cumplidos y demorados, y sacó por mano de su apoderado Dn Juan Espinosa de los Monteros Real Provisión de la Aud.ª de Guadalaxª para que este pagase, y en su defecto Dn Tomás Ferniza como fiador para de veinte años como a Vmd. le consta… le pusieron sus bienes raíces, muebles y semovientes… hasta [que] no hubo posibles… entre los cuales fue el rancho que llaman Boca Negra [duda], … en el año de ochenta [duda] este dho rancho, la casa de esta villa calle de Santiago, y otro rancho que llaman comúnmente de Galván, por muerte del referido Ferniza recayó en tercer poseedor Dn Pedro José Melo Guzmán, y por fallecimiento de este su hijo Dn Pedro José Melo…». Lectura parcial.
Imagen 2 de 2 · f 1v
Lectura
«…vendió, y cuarto poseedor … Hoy que se compra hasta tal [duda] no tiene disputa ni contradicción pues sofría [duda] por título y resguardo la posesión del arremate los títulos o escritura de su adquisición por dho Galván, los nuestros días hace por los lindéros que me introdujeron los colindantes, y se averiguan graves daños y perjuicios que cada día experimento mayores, y pasan en poder de Dn Fran.co Cantú, quien casó con una hija del referido Galván, ambos vecinos del Valle de Salinas, a cuya virtud a su entrega siendo requerido por palabras en lo verbal, por cartas suplicatorias, no ha sido posible su conveniencia, ni menos por exhorto librado por el Sr. Juez [de] aquel territorio, por tanto para evitarme de más costos, y que cesen los daños y perjuicios que por causa de dho Cantú estoy padeciendo, y suplicando la integridad de V. md. que implore se haga de servirse expedir en los términos que el derecho previene al Sr. Gobernador de la Provincia de Monterrey para que bajo las penas multas y apremios que su señoría estime convenientes lo compela y obre che [duda] la exhibición de los documentos que pido con condenación de costas, daños y perjuicios por su causa causados, compeliéndole en la misma forma venga al Juzgado a la contestación para que deduzca los daños que le asisten, afianzando por su parte con cuatrocientos pesos la satisfacción de mi juzgado, como yo protesto exe[cutar]…». Lectura parcial.
Cómo citar
AMS, PM, c 48, e 30, 2 ff, Archivo Municipal de Saltillo (AMS); lectura paleográfica de Sefarad MX (Genealogía Sefardí), https://genealogiasefardi.site/archivo-ams/66345
Aviso de método. Lectura paleográfica de Sefarad MX; el documento original es la autoridad. Lo marcado «duda» o «ilegible» no está establecido. Crédito de las imágenes: Archivo Municipal de Saltillo (AMS).
