Imágenes y lectura
Imagen 1 de 2 · f 3r (foliación «3»; medio de la escritura)
Lectura
«…por más o menos de la mitad del justo precio y del que cuarto [/ veinte] lo vendieron, y que se hiciere este contrato a su valor si cayera engaño, y las demás leyes que con ella concuerdan, y desde hoy en adelante se desapoderan, desisten y apartan de la acción, derecho, propiedad, señorío y posesión, título, voz y recurso y otro cualquier derecho que les pertenezca a los dichos tres días de agua con sus noches y tierras a ellos correspondientes, y todo ello lo ceden, renuncian y traspasan en el dicho general Matías de Aguirre y en quien su derecho representare, para que como propios suyos los goce, posea, cambie y enajene a su voluntad como dueño absoluto sin dependencia alguna… constituyéndose por inquilinos y tenedores poseedores… y se obligan a la evicción, seguridad y saneamiento de esta venta en tal manera que de cualquier pleito, debate o diferencia que sobre ello se fuere movida, siendo requeridos cualquiera de los otorgantes en cualquier estado que estuviere aunque esté hecha la publicación de probanzas, tomarán la voz y defensa y los seguirán y fenecerán a su costa hasta dejarlos en quieta posesión, y no lo cumpliendo… les volverán los dichos [pesos] y las labores y aumentos que hubiere habido…» (lectura A/B; borde inferior dañado).
Imagen 2 de 2 · f 3v–4r (sello 3.º, años 1710-11; sellos 1714 y 1718/1712; cierre y firmas)
Lectura
«…y a todo obligan sus personas y bienes habidos y por haber, dan poder a las justicias de su majestad de cualquier parte que sean, en especial a las de esta villa a cuyo fuero se someten y renuncian su domicilio y otro fuero que de nuevo ganaren, y la ley Si convenerit de iurisdictione omnium iudicum, y demás leyes, fueros de su favor, y la general del derecho en forma… como por sentencia pasada en cosa juzgada y por ellos consentida. En cuyo testimonio otorgaron lo referente, siendo testigos instrumentales el capitán Francisco de la Fuente, Juan Antonio de los Santos y don Juan Sánchez de Ángeles, vecinos de esta villa, y los otorgantes lo firmaron conmigo y los testigos de mi asistencia con quienes actúo como juez receptor a falta de escribano público y real que no los hay en esta villa ni en el término que el derecho dispone, de que doy fe. Y es de declarar que el precio de los [tres días de agua] fue un ciento por ciento [?] a razón de treinta y cinco pesos [cada día / en total ciento y cinco pesos], de que doy fe. [Firmas:] Fernando Pérez de Almazán · Juan Ramírez(?) · Miguel de Cepeda · Pedro Muñoz de Lerma(?) · Diego Zárate.» (lectura B). [Testigos/padrinos: testigos: capitán Francisco de la Fuente, Juan Antonio de los Santos, don Juan Sánchez de Ángeles]
Cómo citar
AMS, PM, c 9, e 40, 3 ff, Archivo Municipal de Saltillo (AMS); lectura paleográfica de Sefarad MX (Genealogía Sefardí), https://genealogiasefardi.site/archivo-ams/57937
Aviso de método. Lectura paleográfica de Sefarad MX; el documento original es la autoridad. Lo marcado «duda» o «ilegible» no está establecido. Crédito de las imágenes: Archivo Municipal de Saltillo (AMS).
